LÓPEZ BARJA DE QUIROGA, J.
U$ 41,54 39,20 €
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CAP.I. INTRODUCCIÓN
1. Introducción
2. Cuestión terminológica y el origen de este principio
3. Ámbito
4. Planteamiento
CAP.II. LA DOCTRINA DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
1. Caso Gradinger contra Austria, Stedh, 23-10-95
2. Caso Oliveira contra Suiza, Stedh, 30-7-98
3. Caso Franz Fischer contra Austria, Stedh, 29-5-2001
4. Caso W.F. contra Austria, Stedh, 30-5-2002
5. Caso Sailer contra Austria, Stedh, 6-6-2002
6. Conclusión
CAP.III. LA DOCTRINA CONSTITUCIONAL
1. Como principio general
2. En el ámbito penal
3. En el ámbito mixto (administrativo-jurisdiccional penal)
4. Fundamentación
5. Conclusión
6. La STC, 152/2001, de 2 de julio
7. Conclusión
8. La STC, 2/2003, de 16 de enero
9. Conclusión
CAP.IV. LAS CONSECUENCIAS INTERNACIONALES DEL PRINCIPIO NON BIS IN IDEM
1. Relaciones entre Estados o con la Unión Europea
2. Relación con los tribunales internacionales
ANEXO: 1. Jurisprudencia del tribunal Europeo de derechos humanos
2. Jurisprudencia del tribunal de justicia
3. Jurisprudencia de ltribunal constitucional
4. Jurisprudencia del tribunal supremo
El estudio del principio non bis in idem exige no olvidar en ningún momento la máxima conceptual del principio y cualquier solución confrontarla (a modo de test) con dicha máxima para determinar si dicha solución es respetuosa con el principio. Si la solución no coincidiera con la máxima, no cabe recurrir a los «si, pero», sino reconocer el error argumentativo y deshacer el camino para volver a reiniciarlo, hasta encontrar una solución al problema que cumpla con la indicada máxima.