ARICAPA, RICARDO
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En la estructura del proceso penal colombiano no hay una fase intermedia ante el juez de las audiencias preliminares que comprenda el control material de la acusación. La jurisprudencia plantea que solo hay lugar a un control ante el juez de conocimiento que, para no afectar su imparcialidad, se limita a verificar los presupuestos formales del escrito de acusación. Sin embargo, la práctica evidencia situaciones en las que ese escrito presenta irregularidades no susceptibles de ser superadas por un control formal. En estos casos es posible un control excepcional de la acusación que, sin recaer sobre su fundamento sustancial, impida, en situaciones extremas, el abuso del poder de acusar.